CONFIGURACIÓN
DEL TÉRMINO DE CORIA DESDE LA EDAD MEDIA
Después
de la conquista de Sevilla por los castellanos en el 1248, Coria fue repoblada
en 1265 y de este momento data la constitución del término de esta villa que
siempre ha tenido una gran vocación ganadera como lugar de paso y marinera como
puerto de intercambio de mercancías. En ese momento se agrega a la pequeña aldea de Coria los
términos de otras dos alquerías vecinas también propiedad de la Sevilla islámica: Uncina y
Loya. Los tres núcleos van a formar el concejo de Coria: “..Asy que Coria sea
cabeça e lo otro sea su término”. La alquería o aldea medieval de Uncina
(situada justo donde el caño del Riopudio dejaba de ser navegable y había una
pequeña alcantarilla, aún hoy existente) y la de Loya con una torre de atalaya
(situada en lo que es hoy la
Dehesa de la
Atalaya en la otra banda del río) acabarían con el tiempo
despoblándose, perdiendo su entidad a favor del núcleo principal Coria. El plan del rey repoblador Alfonso X, en particular tras la rebelión mudejar (1264 -1266) fue el de reducir las
anteriores alqueríasdel periodo árabe en beneficio de los lugares y villas que serían repobladas por cristianos. Para ello, comenzó a absorber
las alquerías que se fueron en muchos caso deshabitando o reduciendo sus habitantes en favor los núcleos de repoblación concentrando así las fuerzas defensivas. En concreto uniendo
varias alquerias fue como nacieron los consejos de Coria (1265) y de la Guardia (1272) tal como testimonian sus respectivas cartas-pueblas. Las repoblaciones de Utrera y Lebrija fueron algo más tardías, con objeto de consolidar una buena defensa también del sector sur de Guadalquivir por el flanco oriental, tengamos en cuenta que el nucleo o ciudad fortificad principal fue Jerez de la Frontera sometida definitivamente al dominio cristiano en 1264 y dejando en su alcázar una guarnición de 300 caballeros entre los que Alfonso X repartió las tierras que componían el alfoz de Jerez. A partir de esa ciudad se produjo nuevas repoblaciones muy lentamente en territorios limítrofes mediante la concesión de mercedes.
Cada
núcleo juega un papel especial Coria centro distribuidor de personas y
mercancías de su entorno y con la misión de control sobre el río, Uncina punto
de control del paso donde el río Pudio comenzaba a ser vadeable en la
antigüedad y Loya punto de control de la importante vía de comunicación
terrestre de la vía existente al menos desde época romana (vía Augusta) que
venía desde Cádiz.
Se
puede afirmar que el término municipal de Coria del Río se corresponde
aproximadamente con el territorio que visualmente puede controlarse desde su
lugar fundacional en el estratégico Cerro de San Juan .Se establece pues en
ambas en ambas márgenes del río Guadalquivir, correspondiendo la porción menor
del mismo a la margen izquierda. Entre las Comarcas del Aljarafe y los Alcores
desde tiempos remotísimos se haya establecido un eje de comunicación que pasa
por los tres núcleos poblacionales referidos, desde Uncina luego Coria y cruzando
el río se llega hasta Loya y que conecta ambas márgenes del río. Precisamente
han sido rutas ganaderas de remotísima antigüedad las que usaron este lugar
donde la travesía era más corta entre ambas orillas (el “Estrecho de Coria” con
sus dos ciudades de Caura y Orippo) cuando el estuario del río tenía otra
configuración, cuando tanto por encima como por debajo del estrecho de Coria
existían dos extensas masas de agua. El mismo río establece otra vía de
comunicación norte-sur aún más importante, perpendicular a la anterior. Se
comprende que Uncina y Loya estuvieran llamadas a desaparecer en beneficio de
Coria por su papel de centralidad y mejores condiciones geoestratégicas al
estar en un lugar elevado junto a la orilla del Guadalquivir. Las características
físicas y los paisajes del término en ambas márgenes de río son notablemente
distintas.
Alfonso X el Sabio, rey que creo la villa de Coria tras la reconquista como agrupación de las alquerías Uncina, Loya ó Loxa y Coria, de las cuales la última habría de ser cabeza es decir núcleo capiltal
Coria tiene la singularidad de tener su término distribuido a ambas orillas del Guadalquivir y como ya hemos señalado que el paisaje coriano se articula en torno al eje del río, por eso es lógico que lo describamos de acuerdo a una sección trasversal del mismo. En la margen izquierda donde se sitúa el núcleo urbano, nos encontramos con un paisaje dominado por el Rio Pudio y sus pequeños arroyos afluentes que descienden desde la meseta aljarafeña, en esta parte por la aptitud del suelo se establecen huertas, higuerales y pequeños bosques que sirvan de abastecimiento de leña a la población. Mientras que en la margen izquierda del río Guadalquivir nos encontramos con la mayor porción del término (el 83, 6 % de su superficie) por. Precisamente “aquel lado” del río en la actualidad tiene una dedicación predominantemente agrícola (“el campo”), pero esto no fue siempre así sino que antes del s. XIX la explotación ganadera de ese territorio fue tan importante o más que la agrícola. Reduciéndose las actividades ganaderas poco a poco hasta centrarse casi exclusivamente al este del término que linda con el de Dos Hermanas, en
Características
primitivas de Coria como Guarda y Collación de Sevilla
Coria después de la repoblación de AlfonsoX era parte del Alfoz del Reino de Sevilla y estuvo amenazada por invasiones a través del Guadalquivir por los benimerines procedentes del norte de Marruecos y posteriormente amenazadas por cabalgadas de moros provenientes del Reino de Granada. Coria tenía la mayor parte de su termino en “Aquel Lado” es decir en la Banda Morisca (toda la margen izquierda del Guadalquivir), por tanto estuvo por mucho tiempo bajo la amenazada del reino nazarí. La expresión “Banda Morisca” designa el sector de la frontera de Andalucía y con el Reino de
Granada, si bien en el
reino de Sevilla se aplicó de manera particular a los territorios sometidos a
la jurisdicción del concejo de dicha ciudad que se organizaban defensivamente
len dicha zona fronteriza. Sin embargo Coria fue en un principio
esencialmente un bastión marinero dentro del sistema defensivo creado entorno a
la ciudad de Sevilla, por ello no contó con un gran castillo como otros
pueblos: Alcalá de Guadaira, Utrera, el Coronil, Morón etc. A diferencia de
ellos el papel militar de Coria estaba ligado al río como destacamento de
vigilancia y cuartel de la Marina Real de Castilla, así había también otros
tres municipios ribereños ligados a servicios de vigilancia del río
Guadalquivir como la Guardia (Puebla del Río) , la Rinconada y Alcalá del Río.
Podemos afirmar que el papel de Coria fue de servir militarmente a la Real Marina de Castilla mientras que la Guardia servía a la defensa mediante unidades terrestres sobre el sector sur del Guadalquivir por debajo de la ciudad de Sevilla, y la Rinconada y Alcalá del Río defendían el sector norte de la Vega del Guadalquivir i.e. por encima de Sevilla . Estos pueblos entre el s. XIII-XIV se constituyeron en régimen de realengo con
concejos dependientes directamente del de Sevilla y considerados collaciones
(barrios) de la misma ciudad. A cambio de esta contribución defensiva
específica del río esas villas citadas (conocidas como villas comuneras, a las
que por otros motivos se añadieron posteriormente Santiponce y Salteras), sus
vecinos, tenían el privilegio de hacer uso en condiciones ventajosas e iguales
a las de los vecinos de Sevilla de los pastos de las Marismas e Islas del
Guadalquivir. En efecto la Isla Menor e Isla Mayor, junto a gran parte de las
Marismas eran de "Propios de Sevilla", propiedad de Sevilla sometida
a comunidad de pastos del que se beneficiaban sus vecinos. Fue desde el comienzo cuandoel rey Alfonso X estableció, en 1269, lareferida “Hermandad de Pastos” para su libre aprovechamiento para los ganaderos de los citadas villas comuneras en igualdad a los ganaderos sevillanos de los pastos de Isla Mayor y Menor. Por su parte, la Marisma Gallega (Aznalcázar) también funcionó como un baldío comunal del Reino de Sevilla; de aquellos antiguos usos ganaderos aún pervive la Dehesa de Bancos.
Aunque esos privilegios de pastos en principio eran gratis para los ganaderos comuneros fueron acotándose progresivamente en el sentido de reducirse los beneficios y debiendo contribuir los ganaderos comuneros con pagos más reducidos que otros ganaderos externos. Así en 1782 se produce una Contribución Extraordinaria de la ciudad de Sevilla al Estado, a partir de la cual los precios de entrada de ganados en las Islas se incrementan notablemente. Antes de estas fechas la contribución de los ganaderos comuneros al municipio de Sevilla, su propietario, era escasa, teniendo en cuenta que las islas prácticamente sólo servían para acoger ganados en esas fechas pues por la condición de salinidad e inundabilidad de estas tierras no permitían su aprovechamiento agrícola. Esa situación de las Islas cambió totalmente de rumbo en 1785, cuando se hace firme la decisión del Rey de España de emprender obras de acondicionamiento del río para mejorar la pésima navegabilidad a la que había llegado, teniendo como obras más urgentes hacer las Cortas de la Merlina y de Borrego. Para este fin ya se decide que la provisión de fondos para las obras se haga a partir de la venta de las Islas del Guadalquivir como se haría algunas decenas de años después con lo cual decaen los derechos de pastos de las villas comuneras.
Volviendo al papel de Coria en la defensa del río, este fue aminorándose
desde el s. XIII por la falta de amenazas debido al declive del reino de
Marruecos y quedar asegurada la defensa del río en Sanlúcar de Barrameda donde
se bloqueaba la entrada de naves enemigas. Sin embargo Coria siguióe siendo
lugar de invernada de diversas galeras del al Armada. El peligro basculó al que
provenía de la Frontera con el Reino de Granada durante los s. XIV-XV. En este
sentido tenemos una interesante noticia que es ilustrativa .El 4 de abril de
1405 se expide un mandamiento del Concejo de Sevilla a los vecinos y moradores
de esta ciudad y de algunos de sus lugares para que paguen las guardas puestas
contra tierra de moros en el que se citan como contribuyentes obligados los
lugares de” la Serrezuela, la Torre de Doña María, Villanueva [del Pítamo], Dos Hermanas,
Los Palacios del Alcalde Fernán González y Coria”. (Papeles de Mayordomazgo del
A.Municipal de Sevilla, Siglo XV, tomo 1, por F.Collantes de Terán, Sevilla
1972). Los lugares citados corresponden a aldeas todas próximas al término
Coriano. De hecho todos esos núcleos , excepto los Palacios y Coria debieron
estar agrupados la “mitación de Dos Hermanas” ( dependiente también de Sevilla
y citada Dos Hermanas por primera vez como topónimo en documento de 1376)Aunque esos privilegios de pastos en principio eran gratis para los ganaderos comuneros fueron acotándose progresivamente en el sentido de reducirse los beneficios y debiendo contribuir los ganaderos comuneros con pagos más reducidos que otros ganaderos externos. Así en 1782 se produce una Contribución Extraordinaria de la ciudad de Sevilla al Estado, a partir de la cual los precios de entrada de ganados en las Islas se incrementan notablemente. Antes de estas fechas la contribución de los ganaderos comuneros al municipio de Sevilla, su propietario, era escasa, teniendo en cuenta que las islas prácticamente sólo servían para acoger ganados en esas fechas pues por la condición de salinidad e inundabilidad de estas tierras no permitían su aprovechamiento agrícola. Esa situación de las Islas cambió totalmente de rumbo en 1785, cuando se hace firme la decisión del Rey de España de emprender obras de acondicionamiento del río para mejorar la pésima navegabilidad a la que había llegado, teniendo como obras más urgentes hacer las Cortas de la Merlina y de Borrego. Para este fin ya se decide que la provisión de fondos para las obras se haga a partir de la venta de las Islas del Guadalquivir como se haría algunas decenas de años después con lo cual decaen los derechos de pastos de las villas comuneras.
La torre de los Cerberos o Herberos situada en la otra orilla del rio frente a Coria , fue punto de control al igual que Coria de cuantos barcos accedian a Sevilla por el Guadalquivir, perteneció al término de Coria hasta el año 1583 en que pasó a través del de Sevilla al de Dos Hermanas. Otra torre de similares caracteristicas existiía en Loya, que se designó antiguamente Torre o Atalaya de
Comentarios
F.J. Barragán dijo
Ahora a lo que se refiere al pueblo de Coria podiamos añadir
un comentario a su regimen jurídico a lo largo del tiempo desde la reconquista
cristiana.
Coria tuvo desde sus comienzos carácter de “lugar de
realengo”, aun más con los mismos privilegios que los ciudadanos de Sevilla,
pues fue definida como “guarda y collación de Sevilla”. Es dedir jugaba el
papel de un barrio (collación) de Sevilla pero con autonomía propia para regir
las cuestiones de su término, pero con sus oficios concejiles y su
administración “visada” por el Concejo de Sevilla quien nombraba también al
escribano en Coria. En cuanto a lo de Guarda de Sevilla, esto significa que en
ella tenía asiento unidades militares (en concreto de la Real Marina de
Castilla) con misión de proteger a la ciudad y en particular un ámbito notable
del río Guadalquivir. A ello se añade que en Coria se situaba la inspección de
Aduanas del río correspondiente a la inmediata entrada en Sevilla
(Almojarifazgo Mayor).
En cuanto a la organización municipal este pueblo estuvo sometido al regimen de Señorío Jurisdiccional desde su adquisción por parte del Conde Duque de Olivares, pasando posteriormente a una de las ramas de sus descendientes, en concreto al Condado de Altamira cuya casa administrativa de sus dominios se encontraba en el palacio homónimo de la sevillana calle Santa María la Blanca, concretamente junto a la Parroquia de Sta. María de las Nieves o de la Blanca.
En cuanto a la organización municipal este pueblo estuvo sometido al regimen de Señorío Jurisdiccional desde su adquisción por parte del Conde Duque de Olivares, pasando posteriormente a una de las ramas de sus descendientes, en concreto al Condado de Altamira cuya casa administrativa de sus dominios se encontraba en el palacio homónimo de la sevillana calle Santa María la Blanca, concretamente junto a la Parroquia de Sta. María de las Nieves o de la Blanca.
D. Gaspar de Guzmán Conde- Duque de Olivares (1587 - 1645)
adquirió Coria como lugar de su Señorío en 1636, pasando su vecinos a ser sus
vasallos y por tantos tributarios de tan importante señor. D. Gaspar de Guzmán
fue valido y primer ministro del rey Felipe IV, gobernando en la práctica 22
años (1621-1643). Si bien recibió el ducado de su padre y abuelo de acrecentó
"El Estado de Olivares" formado por Olivares, Heliche, Castilleja de
Guzmán, Castilleja de la Cuesta y Albaida, con nuevas adquisiciones de otros
lugares dentro de la zona del Aljarafe como: Sanlúcar La Mayor, Tomares, San
Juan de Aznalfarache, Aznalcóllar, Coria del Río, Camas, Bollullos de La
Mitación, Palomares, La Puebla de Coria y Salteras. Además de ello adquirió el
Ducado de Sanlúcar La Mayor Condado de Aznalcóllar y Marquesado de Mairena del
Aljarafe.
Coria como lugar de Señorío pasó a descendientes del
Conde-Duque de Olivares, los Condes de Altamira, quienes retuvieron su
privilegios sobre la villa hasta 1812.
Aunque en 171X se reintegraron de nuevo al régimen de Villa de Realengo muchos lugarestras la llegada de la nueva dinastía de los Borbones al trono de España ese no fue el caso de Coria . los nuevos monarcas Borbones rescataron los tributos de muchos lugares anteriormente feudalizados. Muy posiblemente a principios del s. XVIII la labor de aduanas del río de Coria se cedió del todo a la Puebla donde se encontraba “Casas Reales” con función de aduana del río, pero tras el paso de la Casa de Contratación de Sevilla a Cádiz en 1717 ya bajo los Borbones. No obstante desde el punto de vista honorífico Coria estuvo vinculada a la Casa de Altamira hasta la supresión de la jurisdicción señorial que se efectuó con la proclamación de la Constitución de Cádiz de 1812.
La restitución de Coria a un regimen de independencia de cualquier señor se hizo con diversos avatares qque afectó a la nobleza.
Pasaremos ahora a poner en escena los antecedentes históricos que preceden a la sociedad española y por tanto coriana de mediados del s. XIX. La nobleza en el Antiguo Régimen estaba prcaticamente excluida de pagar impuestos, aunque tenía que corresponder con sus bienes en casos de necesidad de la Corona para financiar las guerras, al mismo tiempo los nobles debían de tener una formación militar acreditada y estaban llamados a ocupar los cargos de la oficialidad del ejercito, y en particular todos los altos mandos del Ejercito o de la Armada formaban parte de la nobleza de mayor alcurnia. Esto sufriria un cierto cambio en 1792 con el ascenso al poder de Godoy como valido del Rey Carlos IV. Godoy amedrentó a la nobleza para quye pagasen impuestos muy por encima de los que ellos estimaban, con motivo de la Guerra de la Convección Francesa (estos impuestos a la nobleza de repitieron durante la Guerra de la Independencia). También cayó muy mal, la exclusión que llevó a cabo Godoy de la Alta Nobleza radicada en la ciudad de la Corte (Madrid) de los grandes puestos de Gobierno en 1808 Godoy cayó en desgracia tras el Motín de Aranjuez, volviendo por breve tiempo algunos miembros nobles al gobierno, para decaer de sus cargos tras la abdicación de Carlos IV en su hijo Fernando, retomando el poder Carlos IV para entregarlo en Bayona en favor de Napoleón, quien finalmente designó como nuevo rey de España a su hermano José Bonaparte. A renglón seguido las cortes de Cádiz de 1812 suprimieron los Señoríos con lo que la nobleza perdió todo su poder, sobre el papel, pues las Cortes de Cádiz aún no tenía poder sobre el territorio español en manos de los franceses. Pero el regimen señorial aún debia de dar sus ultimos coletazos como vemos a continuación.
Fernando VII después de firmar en 1814 el Decreto de Valencia, que derogaba el régimen constitucional de las Cortes de Cádiz, reinstaura el viejo régimen anulando la práctica totalidad de la obra de las Cortes. Pero la reversión hacia el absolutismo con medidas como la reinstauración de la Mesta, los gremios, los privilegios fiscales del estamento eclesiástico y noble, la devolución de las propiedades desamortizadas, etc. tuvieron un elevadísimo coste económico que llevó a la nación a una situación de bancarrota. Fuera aparte Fernando VII perdió el apoyo de muchos campesinos que gozaban del usufructo de la tierra y bienes comunales de los municipios, aun a costa de pagar los derechos a los señores de las villas, ello fue así hasta la Constitución de 1812 que suprimió ese régimen señorial que no perjudicaba totalmente a los campesinos. Contrariamente a otros asuntos, esa medida de 1812 en llegando Fernando VIII, ya no se derogaría en perjuicio del campesinado que confiaba en ese sentido en el rey . Por tanto el rey Fernando VII prosiguió con una reforma sobre la tierra que obligaba a los campesinos a comprarlas, al no tener ni facilidades ni capital para ello, el campesino se sintió traicionado por el rey y bajaba un peldaño, pues a todos los efectos se convirtió en asalariado de la nobleza. Mientras tanto eso benefició sobre todo a la burguesía que compraba tierras y títulos, y secundariamente a la nobleza que haría piña con la clase anterior hasta casi confundirse con ella. La situación económica y el descontento político de las masas fue de peor en peor, y se hizo tan insostenible que en enero de 1820, el coronel Rafael de Riego y otros oficiales liberales dan un exitoso golpe militar. Lograron los militares revolucionarios imponer de nuevo al rey la Constitución de Cádiz de 1812 que estaría vigente durante el llamado Trienio Liberal. Cerrándose así el circulo de los cambios políticos y sociales experimentados en España entre finales del XVIII y principios del XIX con resultado de una mayor desigualdad entre los propietarios y los campesinos quienes en masa fueron convertidos en sumamente precarios obreros de las tierras.
Aunque en 171X se reintegraron de nuevo al régimen de Villa de Realengo muchos lugarestras la llegada de la nueva dinastía de los Borbones al trono de España ese no fue el caso de Coria . los nuevos monarcas Borbones rescataron los tributos de muchos lugares anteriormente feudalizados. Muy posiblemente a principios del s. XVIII la labor de aduanas del río de Coria se cedió del todo a la Puebla donde se encontraba “Casas Reales” con función de aduana del río, pero tras el paso de la Casa de Contratación de Sevilla a Cádiz en 1717 ya bajo los Borbones. No obstante desde el punto de vista honorífico Coria estuvo vinculada a la Casa de Altamira hasta la supresión de la jurisdicción señorial que se efectuó con la proclamación de la Constitución de Cádiz de 1812.
La restitución de Coria a un regimen de independencia de cualquier señor se hizo con diversos avatares qque afectó a la nobleza.
Pasaremos ahora a poner en escena los antecedentes históricos que preceden a la sociedad española y por tanto coriana de mediados del s. XIX. La nobleza en el Antiguo Régimen estaba prcaticamente excluida de pagar impuestos, aunque tenía que corresponder con sus bienes en casos de necesidad de la Corona para financiar las guerras, al mismo tiempo los nobles debían de tener una formación militar acreditada y estaban llamados a ocupar los cargos de la oficialidad del ejercito, y en particular todos los altos mandos del Ejercito o de la Armada formaban parte de la nobleza de mayor alcurnia. Esto sufriria un cierto cambio en 1792 con el ascenso al poder de Godoy como valido del Rey Carlos IV. Godoy amedrentó a la nobleza para quye pagasen impuestos muy por encima de los que ellos estimaban, con motivo de la Guerra de la Convección Francesa (estos impuestos a la nobleza de repitieron durante la Guerra de la Independencia). También cayó muy mal, la exclusión que llevó a cabo Godoy de la Alta Nobleza radicada en la ciudad de la Corte (Madrid) de los grandes puestos de Gobierno en 1808 Godoy cayó en desgracia tras el Motín de Aranjuez, volviendo por breve tiempo algunos miembros nobles al gobierno, para decaer de sus cargos tras la abdicación de Carlos IV en su hijo Fernando, retomando el poder Carlos IV para entregarlo en Bayona en favor de Napoleón, quien finalmente designó como nuevo rey de España a su hermano José Bonaparte. A renglón seguido las cortes de Cádiz de 1812 suprimieron los Señoríos con lo que la nobleza perdió todo su poder, sobre el papel, pues las Cortes de Cádiz aún no tenía poder sobre el territorio español en manos de los franceses. Pero el regimen señorial aún debia de dar sus ultimos coletazos como vemos a continuación.
Fernando VII después de firmar en 1814 el Decreto de Valencia, que derogaba el régimen constitucional de las Cortes de Cádiz, reinstaura el viejo régimen anulando la práctica totalidad de la obra de las Cortes. Pero la reversión hacia el absolutismo con medidas como la reinstauración de la Mesta, los gremios, los privilegios fiscales del estamento eclesiástico y noble, la devolución de las propiedades desamortizadas, etc. tuvieron un elevadísimo coste económico que llevó a la nación a una situación de bancarrota. Fuera aparte Fernando VII perdió el apoyo de muchos campesinos que gozaban del usufructo de la tierra y bienes comunales de los municipios, aun a costa de pagar los derechos a los señores de las villas, ello fue así hasta la Constitución de 1812 que suprimió ese régimen señorial que no perjudicaba totalmente a los campesinos. Contrariamente a otros asuntos, esa medida de 1812 en llegando Fernando VIII, ya no se derogaría en perjuicio del campesinado que confiaba en ese sentido en el rey . Por tanto el rey Fernando VII prosiguió con una reforma sobre la tierra que obligaba a los campesinos a comprarlas, al no tener ni facilidades ni capital para ello, el campesino se sintió traicionado por el rey y bajaba un peldaño, pues a todos los efectos se convirtió en asalariado de la nobleza. Mientras tanto eso benefició sobre todo a la burguesía que compraba tierras y títulos, y secundariamente a la nobleza que haría piña con la clase anterior hasta casi confundirse con ella. La situación económica y el descontento político de las masas fue de peor en peor, y se hizo tan insostenible que en enero de 1820, el coronel Rafael de Riego y otros oficiales liberales dan un exitoso golpe militar. Lograron los militares revolucionarios imponer de nuevo al rey la Constitución de Cádiz de 1812 que estaría vigente durante el llamado Trienio Liberal. Cerrándose así el circulo de los cambios políticos y sociales experimentados en España entre finales del XVIII y principios del XIX con resultado de una mayor desigualdad entre los propietarios y los campesinos quienes en masa fueron convertidos en sumamente precarios obreros de las tierras.
08 Febrero 2013, 14:12
FJ. Barragán
FJ. Barragán dijo
En rela cion a este tema cabe señalar que Coria estuvo en su
origen amenazada por cabalgadas de moros (Reino de Granada) y aun en 1405 debía
de contribuir a la defensa de la parte de su término incluos en la Banda
Morisca (es decir toda la margen izquierda del Guadalquivir. Asi Coria ha sido
uno de los pueblos comuneros que a cambio de la defensa del río tenía el
privilegio de hacer uso en condiciones ventajosas e iguales a las de los
vecinos de Sevilla de loa pastos de las Marismas e Islas del Guadalquivir. En
este sentido tenemos una interesante noticia que trasladamos aquí.
El 4 de abril de 1405 se expide en Sevilla un mandamiento de
Sevilla a los vecinos y moradores de esta ciudad y de algunos de sus lugares
para que paguen las guardas puestas contra tierra de moros en el que se citan
los lugares de la Serrezuela, la Torre de Doña María, Villanueva, Dos Hermanas,
Los Palacios del Alcalde Fernán González y Coria. (Papeles de Mayordomazgo del
A.Municipal de Sevilla, Siglo XV, tomo 1, por F.Collantes de Terán, Sevilla
1972). Es una de las primeras noticias en que aparece citada Dos Hermanas como
topónimo, aunque también en 1376 en otro documento aparece nombrada como la
“mitación de Dos Hermanas”.
05 Julio 2013, 12:46
María Martínez
María Martínez dijo
Muy interesante el artículo. Me encanta la relación
existente entre Coria y el resto de pueblos de Sevilla. El único
"pero" se lo pongo a los graciosos que van comentando artículos
diciendo tonterías y estupideces, a ver si sois mas educados y respetáis el
trabajo y el esfuerzo de las personas por compartir trozos de historia.
Genial el trabajo del profesor Don Francisco José Barragán
de la Rosa, desde aquí mi más sincera enhorabuena por este y por el resto de
artículos que usted ha tenido la amabilidad de compartir con todos nosotros.
09 Septiembre 2013, 16:50
F. J. Barragán de la Rosa
F. J. Barragán de la Rosa dijo
Muchas gracias María por tus alentadoras palabras
10 Septiembre 2013, 08:49
Francisco J. Barragán
Francisco J. Barragán dijo
Respecto a los primerors tiempos de Coria del Rio tras la
conquista de la ciudad de Sevilla cabe señalar que la actividad económica
predominante de Coria fue al igual que la de otras las poblaciones de la Banda
Morisca la ganadería. Esto se debió a la inseguridad total del terreno y a la
falta de población, por tanto, de la escasez de brazos para la agricultura. Por
otra parte el ganado como riqueza económica cumplía una condición fundamental,
la de poder ponerse a buen recaudo, ya que se podía transportar y guardar en
caso de ataque moro tras los muros de fortalezas y ciudades.
07 Febrero 2014, 12:17
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